Cumplimiento laboral y eficiencia financiera: la clave para cerrar el año sin sobrecostos

diciembre 24, 2025 Yulder Jiménez

El cierre del año representa un desafío financiero estratégico para las empresas en Colombia, especialmente en lo relacionado con el cumplimiento y la gestión de recursos humanos.

El cierre del año representa un desafío financiero estratégico para las empresas en Colombia, exige el cumplimiento de múltiples obligaciones legales, contables y de seguridad social. El incumplimiento puede generar sanciones administrativas, intereses de mora, y afectar la reputación de la empresa ante entidades de control y partes interesadas.

Desde G&D Consulting señalan que una adecuada gestión en el cumplimiento laboral y de recursos humanos, mitiga la acumulación de pasivos laborales y afectación al flujo de caja, así, una gestión ordenada permite mantener la continuidad operativa y controlar gastos asociados a nómina y prestaciones sociales.

Expertos en cumplimiento laboral, nómina y recursos humanos, indican 7 situaciones que deben considerar en la agenda administrativa de cada empresa.

1. Liquidación y pago de nómina de diciembre

  • Pago oportuno: La ley exige que la nómina de diciembre se pague antes del 20 de diciembre, salvo pacto diferente (Art. 139 del Código Sustantivo del Trabajo).
  • Incluya todos los conceptos devengados: horas extras, comisiones, bonificaciones, auxilio de transporte (si aplica), y otros factores salariales.
  • Cálculo correcto de cesantías, intereses sobre cesantías y prima de servicios: Asegúrese de que los valores se liquidan conforme al salario del mes y al tiempo trabajado en el semestre (15 días por cada semestre completo o proporcional).

Recomendación: Revisar si hubo modificaciones salariales durante el año que afecten el cálculo de prestaciones sociales.

2. Pago de prestaciones sociales antes del 20 de diciembre

  • Prima de Navidad (segunda cuota): Debe pagarse antes del 20 de diciembre (Art. 306 del CST). Corresponde a una (1) mensualidad o proporcional si el vínculo no cubrió todo el año.
  • Cesantías e intereses sobre cesantías: Se deben liquidar al 31 de diciembre y consignar antes del 14 de febrero de 2026 en fondos de cesantías autorizados, pero deben aparecer contabilizadas en la provisión de diciembre.

Importante: Verificar que los empleados hayan elegido fondo de cesantías. Si no lo han hecho, la empresa debe consignar en el fondo predeterminado según la convención colectiva o en el de mayor cobertura.

3. Reporte y actualización en el Sistema de Información de Riesgos Laborales (SIRL / SIRE)

  • SIRE (Sistema de Información de Riesgos Laborales): Todas las empresas deben reportar mensualmente los datos de afiliación y variaciones en riesgos laborales.
  • Cierre de año: Revisar que todos los empleados estén correctamente reportados, especialmente si hubo:
    • Ingresos o retiros en diciembre.
    • Cambios en centro de trabajo o actividades de alto riesgo.
    • Reporte de incapacidades o accidentes de trabajo.

Consecuencia: Errores en el SIRE afectan la calificación del riesgo y el pago de cotizaciones a ARL.

4. Registro y actualización en RUTEC (Registro Único de Trabajadores del Estado y del Sector Privado con Capacidades Diferentes)

  • Obligación legal: Empresas con 50 o más trabajadores deben cumplir la cuota del 2% de personas con discapacidad (Ley 361 de 1997).
  • Si la empresa no cumple con la cuota, debe realizar el pago de la monetización ante el SENA.
  • RUTEC: Debe registrarse y actualizarse anualmente en el portal del SENA.
  • Validación del pago: Si la empresa opta por la monetización, el pago debe realizarse antes del 31 de diciembre y reportarse en el sistema.

Verificación: Ingrese a RUTEC y confirme que:

  • Los empleados con discapacidad están debidamente registrados.
  • El número de trabajadores activos al 31 de diciembre es el correcto.
  • El pago de monetización, si aplica, está certificado.

5. Pago y certificación de aportes a seguridad social (PILA)

  • La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) de diciembre de 2025 debe presentarse y pagar antes del 14 de enero de 2026.
  • Sin embargo, la provisión contable debe registrarse en diciembre, incluyendo:
    • Salud (EPS)
    • Pensión (AFP o Régimen Público)
    • ARL
    • Caja de compensación
    • ICBF y SENA (solo para empresas con nómina > 10 SMMLV)

Recomendación anticipada: Valide que los Números de Identificación del Aportante (NIA) estén activos y sin bloqueos.

6. Revisión de contratos y novedades laborales

  • Renovaciones: Contratos a término fijo que venzan en enero de 2026 deben ser analizados antes del cierre (recordar límite de 3 renovaciones).
  • Terminaciones: Si se van a realizar despidos en diciembre, garantice el pago de:
    • Indemnizaciones (si aplica).
    • Cesantías acumuladas.
    • Vacaciones no disfrutadas.
  • Registros en el Ministerio del Trabajo: Actualice el Registro Único Empresarial y del Empleo (RUE) si hubo cambios en la estructura o planta.

7. Informes a entidades de control

  • Informe de Parafiscales (SENA – ICBF): Algunas cámaras de comercio o entidades territoriales exigen certificaciones anuales de cumplimiento.
  • Declaración del Impuesto de Industria y Comercio (ICA): Incluir nómina anual como base de cálculo en municipios que lo requieran.

A esto se suma la necesidad de anticiparse a los horarios especiales del sistema bancario durante la temporada decembrina. Programar con tiempo las transferencias de nómina y los aportes a seguridad social y parafiscales es clave para evitar incumplimientos legales que impacten los estados financieros y la reputación empresarial.

Finalmente, las celebraciones de fin de año también deben gestionarse desde una perspectiva de riesgo y sostenibilidad. Promover eventos responsables, inclusivos y alineados con las políticas internas reduce contingencias legales y fortalece la imagen corporativa. Una correcta estrategia de compliance en recursos humanos se consolida, así como un aliado financiero para iniciar el nuevo año con estabilidad y control.

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