A partir de la Resolución 1491 de 2025, las medianas y grandes empresas en Colombia están obligadas a sembrar, como mínimo, dos árboles por cada empleado cada año. Terrasos explica, paso a paso, cómo diseñar y ejecutar estos Programas de Siembra bajo la “Ley de Áreas de Vida.”

El contexto de la normativa ambiental surge en el Congreso de la República de Colombia, donde se aprobó en el 2021 la Ley 2173 de 2021, conocida como la Ley de «Áreas de Vida», con el propósito de promover la restauración y conservación ecológica del territorio, invitando a la población a participar activamente en estos procesos. Recientemente, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) expidió la Resolución 1491 de 2025, que reglamenta la Ley 2173 de 2021. Esta resolución establece los criterios y herramientas para la identificación, delimitación y consolidación de las Áreas de Vida, y, de manera concreta, obliga a las medianas y grandes empresas en Colombia a desarrollar anualmente un programa de siembra de árboles nativos.

“Con esta reglamentación, la siembra de árboles deja de ser un gesto simbólico y se convierte en un deber legal para miles de empresas. Nuestra propuesta busca que ese deber se traduzca en restauración ecológica bien diseñada, y no solo en actividades aisladas sin seguimiento”, explicó Mariana Sarmiento Aparicio, CEO de Terrasos.

Una herramienta para la acción concreta

La nueva normatividad es presentada como una guía que desglosa el proceso práctico de gestión, ofreciendo una hoja de ruta clara que abarca desde la identificación de las Áreas de Vida hasta la ejecución, mantenimiento y certificación de los programas de siembra obligatorios.

«El objetivo de esta nueva reglamentación es facilitar la implementación efectiva de esta importante ley, que convoca a todos los actores de la sociedad a participar en la recuperación de nuestros ecosistemas. Para las empresas, esto representa una oportunidad de alinear sus estrategias de sostenibilidad con una obligación legal concreta y de alto impacto ambiental positivo», señaló Sarmiento.

Puntos clave para el sector empresarial

La normatividad destaca aspectos cruciales que las empresas deben conocer y gestionar:

  1. Obligatoriedad para medianas y grandes empresas: Deben formular, presentar y ejecutar un Programa de Siembra anual, sembrando como mínimo dos (2) árboles por cada empleado. El cálculo del personal excluye contratistas, temporales y aprendices, tomando como referencia la nómina a 31 de diciembre del año anterior.
  2. Áreas de Vida como escenario: Las siembras deben realizarse en las Áreas de Vida identificadas y delimitadas por las autoridades municipales o distritales, las cuales serán publicadas en sus portales web y en la plataforma de Datos Abiertos del Sector Ambiental. Es importante resaltar que no es obligatorio sembrar en el municipio de domicilio u operación de la empresa; pueden elegir cualquier Área de Vida a nivel nacional.
  3. Especies nativas y mantenimiento: Es obligatorio sembrar especies nativas, priorizando aquellas amenazadas según la Lista Roja nacional. Las empresas deben asumir el mantenimiento de los árboles durante los primeros dos (2) años, con una frecuencia mínima de cada tres meses en el primer año.
  4. Certificación y beneficios: Las empresas que cumplan reciben el Certificado «Siembra Vida Empresarial», que evidencia su compromiso. Los ciudadanos participantes obtienen el Certificado «Siembra Vida Buen Ciudadano», válido por un año y que otorga beneficios como descuentos en trámites documentales y servicios públicos.
  5. Proceso paso a paso: La guía incluye un flujograma detallado con los pasos a seguir: consulta de Áreas de Vida disponibles, comunicación formal a la autoridad, elaboración y presentación del Programa de Siembra para su aprobación, ejecución de las jornadas, presentación del informe de cumplimiento y finalmente, la solicitud del certificado.

El documento también aclara, que la obligación no es transferible mediante pago a un tercero, que es posible realizar las siembras en asociación con otras empresas, y que se puede contratar a un operador especializado para la ejecución. Asimismo, señala aspectos que el MADS deberá precisar, como el plazo formal para presentar el programa de siembra y la naturaleza permanente o anual de la obligación.

Un llamado a la implementación responsable

«Invitamos a todas las empresas obligadas y a aquellos voluntarios interesados a consultar esta nueva normatividad como primer paso fundamental. En Terrasos estamos listos para acompañar el proceso de planificación, gestión y ejecución de estos programas de restauración, contribuyendo a un legado verde para Colombia», concluyó Marina Sarmiento.

La nueva resolución recomienda a las empresas iniciar de inmediato la verificación del estado de las “Áreas de Vida” en sus municipios de interés, contactar a las autoridades ambientales para conocer los lineamientos técnicos específicos y proyectar el número de árboles a sembrar y el presupuesto asociado. La normatividad sirve como un puente entre la norma y la acción en campo, promoviendo no solo el cumplimiento legal, sino la generación de beneficios tangibles para la biodiversidad y la conectividad ecológica del país.

Para mayor información visite la página www.terrasos.co o comuníquese con Giovanni Fonseca Duffó al WhatsApp 3168346115.

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Yulder Jiménez

Redexpertos es una organización que tiene como objetivo congregar a profesionales relacionados con las áreas de las comunicaciones y la responsabilidad social empresarial, para promover la gestión del conocimiento y de esta manera aportar a la Sostenibilidad del planeta.

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