Así se tendrán que formalizar los entrenadores deportivos en Colombia
¡Ojo! cambian las reglas para los entrenadores deportivos en Colombia y así se tendrán que formalizar
Entrenar ya no será solo una cuestión de experiencia, reputación o resultados. En el país, el ejercicio del entrenamiento deportivo entra en una etapa decisiva de regulación y eso no afecta únicamente a quienes trabajan con atletas de alto rendimiento. También alcanza a instructores de gimnasio, entrenadores personalizados, escuelas deportivas, clubes, ligas y procesos de formación infantil. La gran novedad es que, desde el 5 de agosto, quienes ejerzan esta labor deberán contar con la Tarjeta de Entrenador Deportivo o con el Registro Provisional, según su caso.
La discusión, además, llega en un momento clave para el sector. El próximo 23 de mayo, fecha en la que se conmemora el Día del Entrenador Deportivo, Pereira será escenario de una jornada académica organizada por el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo, en articulación con Areandina. El encuentro busca abrir un espacio de orientación justamente cuando muchos entrenadores, clubes, gimnasios y escuelas deportivas deben revisar si cumplen o no con las nuevas exigencias de formalización.
Ese cambio vuelve urgente una pregunta muy práctica: ¿a quiénes cobija realmente la norma? La respuesta es amplia. No se limita al deporte competitivo o al alto rendimiento. También incluye a quienes orientan procesos de preparación física, clases grupales, entrenamiento funcional y otras actividades relacionadas con la actividad física y el acondicionamiento corporal. En otras palabras, la profesionalización del sector ya no es un asunto lejano para unos pocos: toca a buena parte de quienes hoy trabajan directamente con el cuerpo, la salud y el rendimiento de otras personas.
De acuerdo con Julie Gómez, directora del programa de Entrenamiento Deportivo de Areandina, sede Bogotá, este cambio debería leerse menos como una carga y más como una garantía. “La regulación no busca poner un problema a los entrenadores deportivos. Busca asegurar que quien dirige procesos de entrenamiento sí tenga una base técnica, pedagógica y ética para hacerlo, porque aquí no solo está en juego el rendimiento, sino también la salud y la integridad física del atleta o usuario”, explica.
La primera diferencia que conviene entender es la que existe entre la tarjeta de entrenador y el registro provisional. La Tarjeta de Entrenador Deportivo es una acreditación de carácter vitalicio para quienes cuentan con formación académica formal: técnico profesional, tecnólogo o profesional universitario en entrenamiento deportivo, educación física, cultura física o áreas afines. El Registro Provisional, en cambio, fue pensado para entrenadores no titulados que ya venían ejerciendo y necesitan formalizarse bajo condiciones específicas. Ese registro tiene una vigencia de cinco años y puede renovarse según lo previsto por la norma.
Qué deben hacer quienes ya ejercen sin título profesional
Aquí está uno de los puntos más útiles para quienes hoy trabajan en el sector sin título técnico, tecnológico o profesional. El registro provisional sigue siendo la vía legal para continuar ejerciendo, pero no aplica de forma automática. El interesado debe demostrar que cumple con alguna de las rutas habilitadas. Una de ellas es acreditar al menos 10 años de experiencia previa a mayo de 2022. Otra consiste en contar con un título de técnico laboral en entrenamiento deportivo validado por el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo. Y una tercera es certificar formación expedida por federaciones deportivas nacionales o internacionales, bajo las condiciones exigidas. Estas tres opciones están habilitadas hasta el 5 de agosto de 2026.
“Lo más importante es que quienes ya ejercen no dejen esto para última hora. La ley abrió una ventana para regularizar trayectorias previas, pero esa posibilidad exige reunir soportes, entender por cuál causal aplica cada persona y hacer el trámite de forma completa”, señala Gómez.
Por eso, espacios como la jornada académica que se realizará en Pereira el 23 de mayo pueden convertirse en una ruta útil para resolver dudas prácticas: quién debe tramitar la tarjeta, quién puede aplicar al registro provisional, qué documentos se deben reunir y qué riesgos existen para quienes sigan ejerciendo sin acreditar su habilitación.
El proceso se realiza ante el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo, COCED, a través de su plataforma oficial. Para la tarjeta profesional, se piden documento de identidad, fotografía, diploma y acta de grado, además del registro en la plataforma y el pago correspondiente. Para el registro provisional, se solicita la documentación que respalde la causal invocada, junto con identificación, foto y registro digital. El valor del trámite puede llegar hasta cuatro UVT, y el COCED informa que la expedición tarda alrededor de 10 días hábiles después de la validación completa.
También conviene dejar clara otra alerta: seguir ejerciendo sin cumplir los requisitos puede constituir ejercicio ilegal de la profesión. La responsabilidad no recae solo en el entrenador. Gimnasios, clubes, escuelas deportivas y demás organizaciones también pueden exponerse si contratan personal no acreditado. Eso vuelve clave una verificación que hasta ahora muchos no hacían: revisar si la persona está realmente habilitada para ejercer.
“Los padres de familia, deportistas y administradores no deberían contratar sin verificar. Hoy ya existe una herramienta pública para corroborar si un entrenador está habilitado, y usarla debería convertirse en una práctica básica de cuidado y responsabilidad”, añade la directora.
Esa verificación puede hacerse en el portal oficial del COCED, donde es posible consultar por número de documento si el entrenador cuenta con acreditación vigente. En un contexto donde el entrenamiento toca salud, formación e integridad física, la nueva regla de fondo es simple: entrenar ya no dependerá solo de saber hacerlo, sino de poder demostrar legalmente que se está habilitado para hacerlo.
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